El incremento del ítem definirá los valores de los impuestos administrados por la entidad.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), mediante la Resolución 000187 del 28 de noviembre de 2023, fijó en $47.065 el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el año 2024.
Como cada año, la administración tributaria hizo el incremento de la UVT con la que define los valores de los impuestos administrados por la Dian.
Para convertir los valores expresados en UVT a valores absolutos aplicables a los impuestos y obligaciones administrados por la Dian, es necesario multiplicar el número de las UVT por el valor fijado, en este caso $47.065, es decir, si usted tiene que responder por un impuesto de 100 UVT, el valor real sería 4’707.000 pesos (tras aproximarlo del resultado de 4’706.500).
Esto se da porque la Dian aclara que «el resultado de esta operación debe ser aproximado de acuerdo con el procedimiento indicado en el Estatuto Tributario, en el inciso sexto del artículo 868».
Y ese inciso dice que «cuando las normas tributarias expresadas en UVT se conviertan en valores absolutos, se empleará el procedimiento de aproximaciones que se señala a continúación, a fin de obtener cifras enteras y de fácil operación»:
- Se prescindirá de las fracciones de peso, tomando el número entero más próximo cuando el resultado sea de $100 o menos.
- Se aproximará al múltiplo de cien más cercano, si el resultado estuviere entre $100 y $10.000.
- Se aproximará al múltiplo de mil más cercano, cuando el resultado fuere superior a $10.000.
Qué es la UVT y para qué se usa
Según el mismo 868 del Estatuto Tributario, el cual modificó el artículo 50 de la Ley 1111 de 2006, la UVT se creó con el fin de «unificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dian».
La UVT, además, se reajusta anualmente en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ingresos medios, «certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en el período comprendido entre el 1 de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este».
«Todas las cifras y valores absolutos aplicables a impuestos, sanciones y en general a los asuntos previstos en las disposiciones tributarias se expresarán en UVT», agrega el artículo.
Vale la pena recordar que el valor en pesos de la UVT para el 2006 fue de 20.000 pesos.
Fuente: Portafolio