Pasos para hacer deducciones en su declaración de renta por tener personas a su cargo

La Dian permite ahora hacer estas deducciones si tiene a su cargo hasta cuatro personas que cumplan con ciertos requisitos.

A partir del 12 de agosto comienza el calendario para presentar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Cabe mencionar que cada contribuyente puede consultarle día en el que debe declarar con los dos últimos dígitos de su número de identificación tributaria (NIT), que, por lo general, también corresponde al de la cédula de ciudadanía.

Si este año usted debe hacer este proceso ante la entidad aduanera y tributaria del país, es recomendable que vaya alistando una carpeta con varios documentos clave, tales como su Registro Único Tributario (RUT) actualizado, el certificado de ingresos y retenciones laborales así como aquellos que demuestren su patrimonio o inversiones, en caso de tenerlas, entre otros archivos.

Cambios en la declaración

Para este 2024 se verán reflejados en las declaraciones de renta los cambios que trajo la más reciente reforma tributaria, es decir, la aprobada a finales del 2022, meses después de que Gustavo Petro asumiera la Presidencia, y que entró en vigencia en 2023.

Quizá la novedad más importante es el ajuste que tendrán los topes de rentas exentas y deducciones, o sea, que las personas no podrán deducirse por tener créditos de vivienda, medicina prepagada, realizar aportes a las cuantas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) o tener a cargo a dependientes, entre otros.

Si bien anteriormente se podían deducir hasta 5.040 unidades de valor tributario (UVT), lo que representa actualmente 237,2 millones de pesos, ahora solo podrán hacerlo hasta las 1.340 UVT, o sea, cerca de 63 millones de pesos.

“Esto implica que los aportes realizados a AFC, intereses por créditos hipotecarios, pagos a medicina prepagada y la renta exenta del 25 por ciento están limitados a un máximo total de 63 millones anuales, lo cual representa una restricción significativa que incrementará el pago de impuestos en las declaraciones”, afirmó Nicole Ríos, asociada directora de Derecho Tributario y Aduanero & Comercio Exterior de CMS Rodríguez-Azuero, citada por EL TIEMPO

Ajustes en deducciones por dependientes

La última reforma tributaria trae consigo otros cambios, tales como la posibilidad de que las personas podrán acreditar hasta dos deducciones por dependientes económicos en su declaración, siempre y cuando perciban rentas de trabajo.

La primera deducción corresponde a la que exista en años previos, o sea, el 10 % de los ingresos brutos hasta las 32 UVT mensuales (alrededor de 1,5 millones de pesos).

Y la nieva deducción, como cuenta Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario de la firma Godoy Córdoba, citado por EL TIEMPO, no afecta la retención en la fuente y deja tomar 72 UVT (unos 3,3 millones de pesos) pro dependiente, con un máximo de hasta cuatro.

Si bien la Dian sostuvo en principio que el contribuyente no se podía beneficiar de ambas deducciones por un mismo dependiente, individual, el experto aseguró que, finalmente, sí sería posible hacerlo.

“Cuando una persona tenga ingresos provenientes de una relación laboral y legal o reglamentaria, se le permite aplicar ambas deducciones para un mismo dependiente. En otras palabras, puede acceder a ambos beneficios simultáneamente por un solo dependiente económico”, explicó.

¿Qué se considera como dependiente?
  1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
  2. Los hijos del contribuyente entre 18 y 23 años, cuando el padre o la madre se encuentre financiando su educación.
  3. Los hijos del contribuyente mayores de 18 años que se encuentren en situación de dependencia, originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
  4. El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia ya sea por la ausencia de ingresos o que estos sean menores de 260 UVT.
  5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia, ya sea por la ausencia de ingresos o que estos sean menores de 260 UVT, o por dependencia originada por factores físicos o psicológicos.
Fuente: Portafolio

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