Cómo quedó la tarifa del impuesto a alimentos ultraprocesados industrialmente

Esta fue fijada recientemente en el Estatuto Tributario. Conozca también los plazos para pagar.

El Estatuto Tributario detalla la tarifa del impuesto que los productores importadores de los comestibles ultraprocesados deben pagar y está consignado en los artículos 513-9, 513-12 y 513-13 de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022.

Las empresas deben tener en cuenta, además, las fechas para la declaración y el pago bimestral. Según lo explicado en el artículo 513-9 del Estatuto Tributario, la tarifa de este impuesto para el 2024 será del 15 %.

El 2023 estuvo en 10 %, para el 2024 es 15 % y en 2025 es de 20 %.

Además, la declaración del impuesto a los comestibles ultraprocesados debe presentarse bimestralmente.

Cabe resaltar que los vencimientos de esta obligación se encuentran en el artículo 1.6.1.13.2.55 del DUT 1625 del 2016, luego de ser sustituido con el Decreto 2229 de 2023:

  • Para el bimestre de enero – febrero, el plazo máximo es 14 de marzo de 2024.
  • Para el bimestre de marzo – abril, el plazo máximo es 16 de mayo de 2024.
  • Para el bimestre de mayo – junio, el plazo máximo es 15 de julio de 2024.
  • Para el bimestre de julio – agosto el plazo máximo es 13 de septiembre de 2024.
  • Para el bimestre de septiembre – octubre, el plazo máximo es 18 de noviembre de 2024.
  • Para el bimestre de noviembre – diciembre, el plazo máximo es el 16 de enero de 2025.

Además, en la resolución 011336 de diciembre 29 de 2023 se determinó que el formulario 340 es el que se debe usar para la declaración del impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente o que tengan alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.

Fuente: Portafolio

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