Esta medida busca que los morosos por impuestos se pongan al día.
Hace unos días la Alcaldía de Bogotá puso en marcha una nueva estrategia para reducir los niveles de morosidad tributaria y lograr recursos en medio del apretón del gasto que vive la ciudad por los altos niveles de endeudamiento que dejó la atención de la pandemia, por medio de una serie de alivios e incentivos para que la gente pague.
De acuerdo con lo dicho por Hacienda Distrital, este beneficio aplica para los contribuyentes y ciudadanos que tengan deudas tributarias y no tributarias en mora con Bogotá, los cuales podrán ahorrarse el 80% en intereses y sanciones al pagar el 100% del impuesto adeudado.
Ana María Cadena, jefe de esta dependencia, explicó que “esto es gracias a los alivios tributarios 2024 que fueron aprobados en el Plan de Desarrollo ‘Bogotá camina segura’”, al tiempo que advirtió que cada caso se debe estudiar para encontrar la salida más beneficiosa, tanto para los contribuyentes, como para la ciudad.
Requisitos claros
Tan pronto se lanzó esta campaña, una de las preguntas más frecuentes por parte de los bogotanos está relacionada con los requisitos y procesos que se deben cumplir para acceder a estos beneficios, puesto que si bien se busca llegar a la mayor cantidad posible de deudores, hay que alcanzar ciertos requerimientos para verse beneficiado.
En este sentido hay que decir que el alivio tributario cobija diversas obligaciones que en el caso de contribuyentes en la etapa de cobro, incluye el impuestos predial o de vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022, así como el ICA y otros impuestos con deudas que entraron en mora entre el 12 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022.
Además, abarca a contribuyentes con obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 si la Secretaría de Hacienda no ha emitido una liquidación oficial o si la ha emitido, pero no está en firme.
Obligaciones no tributarias
Para este renglón hay que especificar que las obligaciones no tributarias hace referencia a las deudas con las secretarías del Distrito y/o Alcaldías Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas. Es importante destacar que para las multas de tránsito y obligaciones con el fondo de salud, el alivio debe solicitarse en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.
Según cálculos de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes, abarcando cerca de 2.778.934 obligaciones, a los cuales se les abre un espacio para que los contribuyentes regularicen su situación fiscal y eviten mayores sanciones o intereses, contribuyendo así a mejorar la recaudación tributaria y el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Distrito.
Quienes deseen acogerse a este programa pueden optar por dos modalidades de pago, cancelando por un lado el 100% de la obligación y el 20% de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024; con lo cual se accede a una reducción sustancial de los intereses por sanción que se tienen establecidos.
En segundo lugar está la facilidad de pago, que aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.
Quienes cumplan con estos requisitos, deben diligenciar y firmar el formulario dispuesto en la página web y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del deudor. La Secretaría Distrital de Hacienda ya tiene disponible en su página web el aplicativo para que las personas interesadas en saber si son o no beneficiarias de los alivios tributarios puedan hacer la consulta respectiva.
Fuente: Portafolio