Según cifras de la Dian, se estima que este año al menos 400.000 ciudadanos hagan el trámite por primera vez.
La temporada de declaración de renta correspondiente al año gravable 2024 en Colombia, llega con varios cambios normativos que podrían impactar el valor del impuesto a pagar o la obligación de declarar.
De acuerdo con información de la Dian, se estima que este año cerca de 6,7 millones de personas naturales estarán obligadas a cumplir con este trámite este año, y 400.000 ciudadanos lo harán por primera vez.
Andrés Vélez, CEO de Tributi.com explicó cuáles son esos cambios que llegan a esta temporada tributaria y por qué es clave tenerlos en cuenta.
- Deducción ampliada por hijos dependientes: ahora se permite incluir a hijos hasta los 25 años como dependientes económicos, lo cual puede generar una disminución del impuesto, siempre que se cumplan los requisitos de ley:
- Beneficio de auditoría por incremento en el impuesto: quienes aumenten su impuesto pagado en un 35% o más frente al año anterior podrán acogerse al beneficio de auditoría, que limita los tiempos de revisión de la Dian a 6 o 12 meses.
- Ajustes en topes por UVT: se actualizan los valores que determinan la obligación de declarar. Por ejemplo, deben declarar quienes hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000 en 2024, con base en una UVT de $47.067.
- No hay cambios en el formulario ni en el calendario: se mantiene el uso del formulario 210 y el calendario oficial de vencimientos, que irá del 12 de agosto al 24 de octubre de 2025, según el último dígito del NIT.
- Riesgos operativos y congestión: tras los problemas registrados en mayo con la plataforma de la Dian, se prevé que los meses de septiembre y octubre presenten alta congestión, lo que ha llevado a expertos a recomendar no dejar el proceso para los últimos días.
“Cumplir con la declaración de renta a tiempo no solo evita complicaciones, sino que también brinda tranquilidad. Este año, la sanción mínima por no declarar es de $498.000, sin contar los intereses o sanciones adicionales que pueden aplicarse. Por esto, la invitación para todos es que se informen con anticipación y de esta forma, eviten multas que afecten sus bolsillos”, concluye Vélez.
Por otro lado, la Dian advierte que, si la declaración de renta no se presenta dentro de los plazos establecidos, el contribuyente incurre en una sanción por extemporaneidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641 del Estatuto Tributario.
Además, el retraso puede acarrear intereses de mora y afectar la situación fiscal del contribuyente. Por ello, la recomendación es cumplir estrictamente con el calendario tributario para evitar costos adicionales.