Las autoridades tributarias requieren la firma ante casos puntuales. ¿Por qué puede suceder esta situación?
Este año, en Colombia los contribuyentes deberán realizar un proceso para la declaración de renta frente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). En este contexto, este es un trámite en donde no hace falta la intervención de un contador o revisor fiscal, pero pueden existir algunos casos en donde sea indispensable que la documentación a presentar incluya su firma. ¿Qué tipo de personas deberán estar atentos a este asunto?
De acuerdo a información presentada en el sitio oficial de la entidad se menciona que a través del “numeral 6 del artículo 596 del Estatuto Tributario señala que esta condición aplica para los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad y a cumplir con lo que ordene el Código de Comercio”.
Para ello, durante en momento de su declaración tendrá que ir firmada por un contador público, solamente cuando durante el periodo gravable en cuestión, que en este caso sería el 2024, sus ingresos brutos hayan superado los $4.706.500.000 o 100.000 UTV.
Adicionalmente, el organismo aclaró que también deberá incluirse en esta presentación el número de matrícula y nombre completo del revisor fiscal o contador que también aparece en la firma de estos documentos que usted entregará a las autoridades tributarias nacionales.
¿Por qué un residente colombiano debe declarar renta?
Para referirse a este asunto, el abogado Juan Santiago Rodríguez Prieto, quien en la actualidad es docente del diplomado en impuestos y gestión tributaria de la Universidad Nacional y anteriormente funcionario en la Dirección de grandes contribuyentes le explicó directamente a Portafolio que un residente colombiano “debe declarar renta porque, al tener la calidad de residente fiscal, está sujeto a las reglas del sistema tributario colombiano, que se basa en el principio de renta mundial. Esto significa que debe reportar todos sus ingresos anuales, sin importar si los obtuvo dentro o fuera del país”, mencionó.
Adicionalmente, el letrado indicó que la obligación que tienen los contribuyentes se vincula con el financiamiento del Estado considerando su capacidad económica con la intención de evitar la evasión y asimismo realizar un control efectivo al cumplimiento fiscal.
Por lo tanto “declarar no siempre implica pagar: en muchos casos, la declaración puede reflejar un saldo en cero o incluso a favor del contribuyente”, puntualizó.
Fuente: Portafolio