Impuesto predial: así quedaron los topes tras la primera aprobación del proyecto

Si bien a esta iniciativa le faltan varios debates en el Congreso, desde el Gobierno están optimistas frente a que se convierta en Ley.

Uno de los grandes avances que tuvo el año pasado el Gobierno Nacional fue sin duda la aprobación en primer debate del proyecto que busca ponerle un techo al aumento del impuesto predial y acabar con aquellos incrementos exorbitantes que afectan seriamente la economía de los hogares en el país, especialmente en aquellos municipios donde el atraso catastral es significativo.

Tras un esfuerzo conjunto de los ministerios de Hacienda, Agricultura y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y asesoría de autoridades como la Dian, la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes dio aval a esta iniciativa, en las últimas jornadas de la legislatura pasada, aunque con varias observaciones que serán debatidas en los siguientes escenarios del Legislativo.

Dentro de lo avalado por la Cámara se dejó establecido que no habrá aumentos del 300%, como se dijo en algún momento, sino que se imponen techos para que una vez se haga la actualización catastral, el impuesto a pagar por este ajuste no suba más del 200%.

Los nuevos topes

Según lo establecido en el proyecto que se está votando, los topes para aumentos del predial serán de hasta el 50% para aquellos terrenos o edificaciones cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 salarios mínimos mensuales (smmlv).

Así mismo, los techos serán de hasta el 75% para los predios cuyo avalúo catastral sea superior a 135 y o menor o igual a 250 salarios; máximo del 100% para todos aquellos que estén entre los 250 y 350 salarios, del 150% para los que cuesten más de 350 salarios y menos de 500, y del 200% para todos aquellos cuyo avalúo catastral sea superior a 500 smmlv.

En este punto el Minhacienda agregó un parágrafo en el que sugiere que “para los predios a los que se aplique la metodología de reducción de rezago de avalúo catastral dispuesta por el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023 el límite del aumento del Impuesto Predial Unificado será de máximo el 50% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior”.

Así las cosas, a este proyecto sólo le falta la aprobación del artículo 2, que reglamenta la revisión de los avalúos catastrales, tanto en plazos como trámites necesarios en las autoridades regionales, y el artículo 4, que deja la entrada en vigencia de la iniciativa al momento en el que se sancione por parte del Gobierno Nacional.

El costo de la desactualización

Según el Igac, la desactualización catastral en Colombia podría estar costando al país cerca de $3 billones anuales, afectando principalmente a las poblaciones más pequeñas. Actualmente, el impuesto predial recauda alrededor de $11 billones, equivalente al 0,78% del PIB. Con una actualización catastral adecuada, este monto podría aumentar significativamente, alcanzando al menos un punto completo del PIB.

Estas cuentas también destacan la inequidad tributaria exacerbada por esta desactualización, con ciudades como Bogotá recaudando una parte desproporcionadamente alta del impuesto predial. Esto genera disparidades en el desarrollo y la prestación de servicios públicos entre las regiones. Cinco ciudades del país y los municipios de categoría especial y de categoría 1 recaudan el 81% del impuesto predial total, según cifras oficiales.

Desde el Gobierno Nacional se fue enfático en que los topes de alza para el impuesto predial no significan que eso deba aumentar el impuesto una vez se haga la actualización, sino que de ahí no se pueden pasar los alcaldes y gobernadores, quienes tendrán la potestad de decidir cómo aplican este cambio.

Fuente: Portafolio

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