Los cambios que se vendrían con el aumento de la jornada nocturna

La Cámara de Representantes aprobó, en segundo debate, aumentar las horas que componen la jornada nocturna. Estos serían los cambios.

Continúa el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes. Recientemente la plenaria aprobó el artículo 13, en el que se establecen cambios para la jornada nocturna y diurna.

Hay que decir que este ha sido uno de los artículos más polémicos de la reforma (desde la que se radicó en la anterior legislatura), pues los críticos señalan que aumentar la jornada nocturna acarrea incrementos salariales que pueden llegar a ser insostenibles para muchas empresas.

De hecho, el articulado original proponía que la jornada nocturna se iniciara desde las seis de la tarde y se extendiera hasta las seis de la mañana. No obstante, la medida no pasó y, en el primer debate que se adelantó en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, esta propuesta fue cambiada (gracias a un consenso que se logró con la oposición) para que arranque desde las siete de la noche, y no a las nueve de la noche, como rige ahora.

Así las cosas, el artículo aprobado establece una jornada laboral nocturna que va desde las siete de la noche y se extiende hasta las seis de la mañana, mientras que la jornada diurna va desde las seis de la mañana y hasta las siete de la noche.

Para el partido del gobierno, y quienes le han dado una ponencia positiva a la reforma, la aprobación de este artículo se puede interpretar como un derecho devuelto a los trabajadores, luego de que en el año 2022 (en el gobierno de Álvaro Uribe) se le hubiere quitado estas horas a los trabajadores.

En principio se buscaba que al abaratar el trabajo nocturno el empresariado pudiera crear más plazas laborales. Lo que argumentan los defensores de la reforma es que esos trabajos nunca se crearon, pero quedó el deterioro en el pago de quienes trabajan en la mencionada jornada.

También está en discusión el aumento al recargo en días de descanso que, se busca, pase a ser del 100 %. Sobre esa iniciativa, la reforma propone que se adopte de manera transitoria en los próximos años, una vez entre en vigencia la ley (siempre y cuando sea aprobada en el Congreso).

Fuente: La República

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