Los ‘peros’ de Asofondos al proyecto de reforma pensional de Petro

A pesar de un turbulento fin de legislatura, cuyo desenlace es recordado por el hundimiento del proyecto de reforma laboral del presidente Gustavo Petro, una de las proposiciones de reestructuración que hicieron parte del paquete de articulados presentados por el jefe de Estado que logro pasar con vida para la próxima legislatura es la reforma pensional.

Este proyecto de ley no se ha salvado de la polémica, pues frente a esta propuesta han existido opiniones divididas respecto a su funcionalidad o su viabilidad, siendo defendida por el mismo Gobierno y cuestionado por sectores de oposición y de varias entidades de pensión de ahorro individual, mejor conocidos como los fondos privados.

Santiago Montenegro, presidente de Asofondos, opina que, en efecto, la reforma que apoya el presidente tiene aspectos que se pueden destacar, pero hay otros que pueden ser muy delicados para el sistema.

¿Cúales son los problemas?

Desde Asofondos se explica que son varios los puntos de la reforma que resultan críticos y que, con urgencia, tienen que ser modificados en los debates que tendrá el proyecto de ley en la próxima legislatura.

1.  Se podría perder la propiedad de los ahorros individuales debido a la proposición de dividir en dos al pilar contributivo y trasladar a las personas que ganen hasta los tres salarios mínimos al fondo de prima media (Colpensiones). Según cifras de la organización, el 90 % de los trabajadores, se quedarían si la propiedad de su flujo de ahorro de pensión.

2. Este nuevo régimen obligaría a que los trabajadores que devengan hasta tres salarios mínimos a cotizar en Colpensiones. «La libertad de elección es muy valorada por los colombianos, pues actualmente se permite que todos elijamos qué entidad administre nuestro ahorro y ofrezca las mejores rentabilidades», dijo Montenegro, citado por ‘Valora Analitik’.

3. En caso de aprobarse el proyecto de ley, los trabajadores no tendrán la posibilidad de trasladar sus ahorros a sus hijos mayores de edad u otros familiares de hasta quinto grado de consanguinidad a modo de herencia.

4. Según Asofondos, se acabaría la posibilidad de que los cotizantes perderían la posibilidad de pensionarse antes de cumplir la edad requerida de pensión, algo que el sistema vigente, reglamentado en la Ley 100, permite en caso de que se completen las semanas requeridas para jubilarse.

5. El ahorro previsional y el ahorro macroeconómico, según la entidad, también se vería afectada en caso de que la reforma sea aprobada. «Estimamos que solo una quinta parte de las contribuciones serán ahorradas y el resto se irá al fondo común a pagar las pensiones de quienes ya están pensionados en Colpensiones«, agregó Montenegro.

6. Dado a varios cambios en el ámbito demográfico del país, la iniciativa de crear un fondo pensional común, según menciona Asofondos, no sería sostenible: «Mientras que los países en el mundo fortalecen el ahorro, en Colombia nos movemos en la dirección contraria. El ahorro acumulado, hoy en unos $372 billones, equivalente a un 25 % del PIB, caerá a 10 % hacia 2050«.

Lo que propone

Desde Asofondos se menciona que, a pesar de que el proyecto de ley se queda corto para atender las deficiencias que tiene el sistema pensional vigente, es necesario que se busque atender varios puntos importantes.

Un ejemplo es considerar la transición demográfica y el crecimiento de la vejez en la población, a la vez que hacer un ajuste al pilar contributivo para que las personas que no alcancen a pensionarse puedan recibir un subsidio solidario.

«Pero, como quedó el proyecto, un trabajador que cotizó sobre un salario mínimo recibirá solo unos $90.000 mensuales, mientras que con una AFP recibiría $202.000«, se menciona desde Asofondos.

Otra recomendación es apuntar a eliminar subsidios a los trabajadores que tengan ingresos altos y, por último, garantizar la libertad de elección de los trabajadores sobre el fondo de pensión que prefieran.

«Creemos que los colombianos deben poder elegir quién le administra su ahorro, y que cada afiliado debe tener siempre una cuenta con este ahorro a su nombre. Esto, independientemente de cómo se liquide la pensión cuando llegue a la edad de ley«, mencionó Montenegro.

Fuente: Portafolio

 

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