El Ministerio de Justicia asegura que se puede solicitar la ‘Indemnización sustitutiva’ o la ‘Devolución de saldos’.
Hay muchas personas que están próximas a cumplir la edad de pensión, pero no tienen el número de semanas cotizadas requeridas, en el caso de los fondos privados, se requiere acumular un capital que financie al menos el 110 % del salario mínimo mensual vigente. Si está en Colpensiones, las mujeres necesitan tener 57 años y los hombres 62, además de haber cotizado al menos 1.300 semanas. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2026, las mujeres podrán cotizar 1.000 semanas, según una decisión de la Corte Constitucional.
Con estos topes y requerimiento en mente, si usted ya sebe que no cumplirá con las semanas, es decir que su capital no es suficiente, puede elegir una pensión «garantía mínima» con al menos 1.150 semanas cotizadas.
El Ministerio de Justicia asegura que en estos casos, se puede solicitar la ‘Indemnización sustitutiva’ en Colpensiones o la ‘Devolución de saldos’ en fondos privados.
Para recibir la indemnización sustitutiva o devolución de saldos siga estos pasos:
- Complete la solicitud correspondiente con su fondo de pensión y adjunte los documentos requeridos.
- Radique los documentos en las oficinas pertinentes y espere su evaluación.
- Si es aprobada, se le informará sobre el monto y los detalles. Si es rechazada o no está de acuerdo, puede presentar una reclamación en su fondo privado o un recurso de reposición y/o apelación en Colpensiones dentro de los 10 días hábiles siguientes al rechazo.
Otra opción, si tiene pareja, es que combinen sus semanas cotizadas para optar por una pensión familiar, siempre que cumplan con ciertos requisitos de tiempo juntos y edad.
Fuente: Portafolio