Trabajadores colombianos están entre los que más cumplen con “jornadas laborales excesivas”

 
Además de ser el país donde más horas se trabaja en promedio en América Latina, Colombia también cuenta con uno de los porcentajes más altos de personas que laboran 49 horas o más por semana.

Es bien sabido que los colombianos son los que más tiempo trabajan a la semana en América Latina. El promedio de 44,2 horas los pone a la cabeza de la región, pero también es llamativo que están entre los primeros puestos en materia de la prevalencia de la “jornada laboral excesiva”.

Este concepto hace referencia a quienes laboran 49 horas o más por semana y según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), recopilados por Statista, el 23% de los ocupados en el país integran dicho grupo.

Entonces podría decirse que 1 de cada 5 personas que se ganan la vida en Colombia tiene que trabajar cerca de 10 horas al día, en el supuesto de que ejerza sus labores de lunes a viernes. Esto ubica al territorio nacional en el quinto lugar de la región y lo pone por encima de la incidencia que estas largas jornadas tienen en países como Argentina, Chile o Brasil.

No obstante, la proporción es mayor en Perú, El Salvador, Honduras y México, donde casi una tercera parte de las personas están en tareas que les implican destinar 49 horas o más cada semana (ver gráfico).

Trabajadores colombianos están entre los que más cumplen con “jornadas laborales excesivas”

A pesar de esas cifras, la OIT asegura que en los últimos años se ha observado una significativa reducción en “el porcentaje de trabajadores con más de 48 horas, lo que equivale a decir que se redujo el uso de horas extraordinarias”.

“Esta tendencia se verificó en 14 de los 16 países analizados. En menor medida, hubo un pequeño aumento en el porcentaje que trabajaba a tiempo parcial, o menos de 35 horas. Como resultado de ambas dinámicas, se redujeron las horas promedio en 1,5 horas”, continuó.

Por sexo, se estima que en América Latina el 24,2% de los hombres trabaja en jornadas excesivas, mientras que en mujeres dicha representatividad es el 14,2%.

Sigue la reducción de la jornada

Enfocándose en Colombia, es de recordar que desde el año pasado empezó la reducción paulatina de la jornada laboral. Desde el 15 de julio de 2023 pasó de 48 a 47 horas semanales, pero el proceso tendrá un nuevo paso el próximo 15 de julio de 2024, cuando cambie de 47 a 46 horas.

Entre tanto, para el 15 de julio de 2025 bajará hasta las 44 horas, y, finalmente, para 2026, a 42 horas. “De esta manera, la jornada laboral podrá distribuirse entre 5 y 6 días a la semana, lo anterior, cuando medie acuerdo entre el trabajador y el empleador”, se explicó desde la firma de derecho laboral Godoy Córdoba.

También se describió que “con la aprobación de la ley 2101 se exonera al empleador de cumplir con la jornada semestral del día de la familia (una vez se reduzca la jornada a 42 horas), así como también, se reducirán de forma proporcional y gradual las dos horas dedicadas a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación contempladas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990”.

En cuanto al trabajo suplementario o de horas extras, Godoy Córdoba expresó que la ley no modifica el límite diario y semanal que se mantiene en 2 horas diarias y 12 semanales, así como la solicitud que se debe elevar ante el Ministerio de Trabajo para que dicho ente autorice el trabajo extra.

También se describió que “con la aprobación de la ley 2101 se exonera al empleador de cumplir con la jornada semestral del día de la familia (una vez se reduzca la jornada a 42 horas), así como también, se reducirán de forma proporcional y gradual las dos horas dedicadas a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación contempladas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990”.

En cuanto al trabajo suplementario o de horas extras, Godoy Córdoba expresó que la ley no modifica el límite diario y semanal que se mantiene en 2 horas diarias y 12 semanales, así como la solicitud que se debe elevar ante el Ministerio de Trabajo para que dicho ente autorice el trabajo extra.

Fuente: El Colombiano

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