Se acerca el pago de la prima de mitad de año. Conozca aquí cómo calcularla para saber cuánto debe de recibir.
La prima es un pago adicional que reciben algunos empleados a mitad y a final de año, por lo que constituye una obligación laboral para las empresas y un derecho para el trabajador.
Así lo determina el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo acerca de la prima de servicios a favor de todo empleado:
- El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
Además, precisa que se incluye en esta prestación económica “a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.
¿Cuánto debe recibir de prima si le pagan el mínimo?
De acuerdo con lo informado por el Ministerio del Trabajo, la forma correcta para calcular la prima de servicios es cogiendo “el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360 [correspondiente a dos semestres del año]. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas”, explica la entidad.
En ese orden de ideas, si el trabajador gana un salario mínimo y lleva trabajando en la compañía más de un año, deberá hacer la siguiente operación:
$1′300.000 COP (salario mínimo) + $162.000 COP (auxilio de transporte) = $1′462.000 COP
Este último valor se dividirá por 180 días correspondientes a la mitad del año, es decir, a corte de junio; por lo tanto, recibiría $731.000 COP. Ahora bien, este mismo valor aplicará para la prima de diciembre que se paga antes del 20 de ese mes.
¿Qué hacer si no le pagan la prima de mitad de año?
La primera prima del año debe llegar a más tardar el 30 de junio, y la segunda, máximo hasta el 20 de diciembre. En caso de que los pagos no se efectúen para dichas fechas, los empleados podrían acudir a un juez laboral para exigir el pago que les pertenece.
Según expone el Ministerio de Trabajo en el Código Sustantivo del Trabajo (CST), el no pago de la prima puede traer varias consecuencias, entre ellas:
- Multa de 1 a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes al empleador.
- Indemnización al empleado correspondiente a un día de trabajo por cada día de retraso en el pago.
- Cobro de intereses tras 24 meses de no pago.
Fuente: W Radio